miércoles, 24 de noviembre de 2010

MÉTODOS DE INTERPRETACIÓN NORMATIVA.

El Derecho que a su vez se conforma de normas jurídicas en las que el Derecho vigente se encuentra plasmado se expresan mediante el lenguaje, pero éste, al externar una norma, puede  en muchas ocasiones llegar a ser oscuro o dudoso, puede tener un trasfondo doctrinario y un sentido técnico que pueda dificultar su entendimiento, etc., en fin, puede a primera impresión expresar no precisamente la voluntad del legislador; de repente no con exactitud y probablemente hasta ni siquiera cercanamente puede no contener la intención que éste tuvo para redactar la norma, o puede incluso ser reproducción cercana o fiel de una norma extranjera, en cuyo caso es posible que ni el legislador supiera el sentido exacto y cabal de la norma que habría puesto en vigencia.

Es por lo que respecto a la problemática anterior la interpretación de la norma jurídica desempeña un papel funadmental para el alcance del entendimiento mas asertivo de las leyes en sí. El verbo "Interpretar" proviene de la voz latina interpretare o interpretari. El Diccionario de la Lengua española, en el sentido que nos interesa recalcar, define la voz "interpretar" como: explicar o declarar el sentido de algo, y principalmente el de textos poco claros. Explicar acciones, palabras o sucesos que pueden ser entendidos de varias formas.

Existen entonces diversas maneras de dar interpretación a las normas jurícas, las cuales mencionaremos a continuación:

1.- Semántica: es conforme a su característica gramatical, esto quiere decir " a la letra de ley". También es conocido como Literal, es el más antiguo y es exclusivo de las épocas anteriores a la Revolución Francesa en que existía alguna desconfianza en el trabajo de los jueces, razón por la cual éstos se encontraban obligados a ceñirse al sentido literal de la ley.

Consiste este Método, dice Claude Du Pasquier, en deducir de las palabras mismas, de su lugar en la frase y de la sintaxis, de la misma puntuación, el sentido exacto del artículo de que se trata

2.- Lógica: en este apartado podemos encontrar que la interpretación se hace conforme a la analogía, así también conforme a la mayoría de razón y tiene inmersa también dentro de este rubro la interpretación a contrario sensu.

3.- Como último método de interpretación de la norma jurídica visto en clase tenemos al método jurídico el cual a su vez se divide en funcional, teololoca, sistemática, armónica, histórica y sociológica.

En síntesis, con las limitaciones que pudiera tener, el Método Gramatical, o Literal, es aquél por el que, mediante su utilización, se persigue descubrir el significado y sentido de la norma a través del estudio y análisis de la letra de su propio texto.

El Método Lógico es aquél que utiliza los razonamientos de la lógica para alcanzar el verdadero significado de la norma.

El Método Sistemático introduce la idea de que una norma no es un mandato aislado, sino que responde al sistema jurídico normativo orientado hacia un determinado rumbo en el que, conjuntamente con otras normas, se encuentra vigente; que, por tanto, siendo parte de este sistema, y no pudiendo desafinar ni rehuir del mismo, el significado y sentido de la norma jurídica podrá ser obtenido de los principios que inspiran ese sistema, principios y consiguiente significado y sentido que incluso pueden ser advertidos con mayor nitidez del contenido de otras normas del sistema.

Por el Método Histórico se pretende interpretar la norma recurriendo a sus antecedentes, como las ideas de sus autores al concebir o elaborar los proyectos, los motivos que propiciaron la redacción y emisión de la ley, informes, debates, etc.
 
El Método Teleológico en su denominación tiene el prefijo "tele" que significa fin. El Método Teleológico es, entonces, el que pretende llegar a la interpretación de la norma a través del fin de la misma, buscando en su espíritu, que es la finalidad por la cual la norma fue incorporada al ordenamiento jurídico.

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