jueves, 25 de noviembre de 2010

ANALISIS DE ARTICULO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL

  • LEY AMBIENTAL

  • COMPETENCIA: Es competencia de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal expedir una ley en materia ambiental, conforme a lo estipulado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 122, base primera, fracción V, inciso j), que a la letra dice:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, EN LOS TERMINOS DEL ESTATUTO DE GOBIERNO, TENDRA LAS SIGUIENTES FACULTADES:

J) LEGISLAR EN MATERIA DE PLANEACION DEL DESARROLLO; EN DESARROLLO URBANO, PARTICULARMENTE EN USO DEL SUELO; PRESERVACION DEL MEDIO AMBIENTE Y PROTECCION ECOLOGICA; VIVIENDA; CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES; VIAS PUBLICAS, TRANSITO Y ESTACIONAMIENTOS; ADQUISICIONES Y OBRA PUBLICA; Y SOBRE EXPLOTACION, USO Y APROVECHAMIENTO DE LOS BIENES DEL PATRIMONIO DEL DISTRITO FEDERAL;

  • CLARIDAD Y SENCILLEZ
Aquí analizaremos el texto de un enunciado normativo contenido en la ley.


Artículo 7° La Administración Pública del Distrito Federal podrá celebrar todo tipo de instrumentos de coordinación y concertación de acciones con autoridades federales, estatales y municipales, así como con los sectores social y privado, en materia de protección, conservación, mejoramiento y restauración del ambiente del Distrito Federal y Cuenca de México.

Analizaremos entonce a continuación la redacción del artículo que previamente se escribió, de esta manera podemos observar a simple vista que solo determina una de las facultades de la Administración Pública, indica los intrumentos que puede celebrar y con que autoridades de que jerarquías puede llevarlos a cabo. También hace notar el fin de estos instrumentos y su celebración así como la demarcación en que debe hacerse.


  • ARMONIZACIÓN, INTERPRETACIÓN Y ANTINOMIA:
Aquí lo que se intenta esclarecer es si existe algun choque con otra norma jurídica que indique la misma norma o regla en un enunciado jurídico pero a contrario sensu,lo que pueda generar algun tipo de incoherencioa y controversia al que practica la norma.

Sin embargo no encontre alguna discrepancia con otra ley o reglamento que pudiera tener un sentido contrario y generar una problemática en el uso de la ley.

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